Política

15 de abril de 2021

CONEXIONES DOMICILIARIAS

La Municipalidad le reconoció a la Cooperativa Scyco casi 4 millones de pesos por una obra adicional

Fue aprobado por los votos de la mayoría oficialista en la última Sesión del Concejo Deliberante de Mar Chiquita.

Fue aprobado por los votos de la mayoría oficialista en la última Sesión del Concejo Deliberante de Mar Chiquita.

Por: Redacción
@bunker919ok

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Este miércoles, durante la Sesión del Concejo Deliberante de Mar Chiquita, se trató y aprobó por mayoría, el pago de casi 4 millones de pesos a la Cooperativa Scyco de Santa Clara del Mar que lleva adelante las obras de la red cloacal con el financiamiento del Estado Nacional, por gastos “adicionales”.

El expediente había sido tratado durante la primera sesión ordinaria que tuvo el Honorable Concejo Deliberante de Mar Chiquita y terminó en comisión. El presidente de la Cooperativa Santa Clara del Mar y La Costa Limitada (SCyCO),Ing. Pablo Contardo, solicitó que se le abone un gasto por la suma de$3.929.891,14. Un monto originado en consecuencia de la ampliación de la obra de red cloacal en Santa Clara del Mar.

En un principio, a la entidad que preside el hijo del Delegado de Santa Clara del Mar, se le adjudicaron 14 millones de pesos, para el desarrollo de los trabajos, sin embrago pidió que se le reconozca la ejecución de un adicional del 20 por ciento de la obra contratada. 

“Nuestra cooperativa ha decidido realizar un esfuerzo económico muy importante para afrontar el costo que insuma la ejecución de todas las conexiones domiciliarias (cortas y largas) sin necesidad de solicitar financiamientos externos. En contrapartida, resulta imposible en el corto plazo hacernos cargo de la obra adicional”, afirmaron en el documento elevado al cuerpo legislativo marchiquitense

Aquí la transcripción del proyecto que fue aprobado y se convirtió en Ordenanza:

Por medio de la presente y en carácter de adjudicatarios de la obra: Ampliación de red cloacal en Santa Clara del Mar – Sector 2, solicitamos tenga a bien considerar la presente solicitud de ampliación de obra.-

Los motivos se encuentran plasmados en el informe técnico adjunto, el que en síntesis demuestra la convivencia técnica de autorizar la misma.-

Asimismo, esta entidad haciendo un gran esfuerzo económico ofrece hacerse cargo del costo que irrogue la realización de conexiones domiciliarias en la zona de obra.-

Quedando a la espera de una respuesta favorable, saludo muy atte. (Pablo Contardo –Presidente de Scyco Ltda.)

Memoria Técnica

Descripción General:

Se encuentra en ejecución la ampliación de red cloacal entre calles Viña del Mar, Av. Costanera, Río de Janeiro y Av. Del Arroyo de la localidad de Santa Clara del Mar, Partido de Mar Chiquita, Provincia de Buenos Aires.

De acuerdo al proyecto original se ha contemplado la ejecución de la red colectora domiciliaria de diámetro 160 mm. A instalarse sobre uno de los 2 frentes de cada calle, con sus respectivas bocas de registro. De esta manera han quedado fuera del alcance del mismo las conexiones domiciliarias para los vecinos frentistas, coincidentes con la semicuadra que llevará cañería colectora (conexiones cortas) y los servicios para los frentistas de la semicuadra opuesta (conexiones largas).

En ambos casos es recomendable, tanto desde el punto de vista técnico como económico, la ejecución simultánea de los servicios domiciliarios al momento que se realiza el tendido de la colectora. De esa forma se permite colocar de manera conjunta con la tubería de 160 mm. Los ramales Y a 45° necesarios para materializar las conexiones domiciliarias, sin necesidad de realizar nuevas excavaciones y sin tener que recurrir a la utilización de monturas, cuya prestaciones son de inferior calidad que las anteriores. Además la zona de emplazamiento presenta una alta presencia de interferencias de servicios ya instaladas, por lo cual el riesgo de rotura de cañerías existentes es muy elevado.

Por otra parte, específicamente en referencia a las conexiones denominadas largas o con cruce de calle, se observa que en la zona de emplazamiento de la obra, solamente se encuentran pavimentadas 3 calles (Valencia, Bristol y Miramar) y las restantes tienen cordón cuneta con granza. De esta manera, para la mayor parte de la obra se pueden materializar los cruces con tubería de 110 mm desde la colectora hacia la semicuadra de enfrente, realizando la apertura de la calle con los respectivos túneles por debajo del cordón cuneta. Distinto es el caso de las 3 calles mencionadas, en las que debería realizarse la rotura del pavimento, el cual se encuentra en perfectas condiciones, para luego volver a reponer todo el paquete estructural. A su vez, se ha estudiado la posibilidad de realizar cruces en túneles, pero considerando el tipo de suelo presente (Suelo SM – Castaño Arena Limosa según el Sistema Unificado de Casagrande), por lo cual debería utilizarse una tunelera de porte de un pozo de ataque de dimensiones importantes, y teniendo en cuenta además que por cada calle se requieren materializar un promedio de 9 cruces por cada 160 metros lineales, esa opción resulta inviable desde el punto de vista económico.

Adicionalmente, se ha observado que en la calle Necochea se encuentra emplazado un conducto pluvial de hormigón premoldeado de 1200 mm de diámetro, ubicado logitudinariamente por el centro de calle y con una tapada de aprox. 0,80 m. eso impide la materialización de los cruces para las conexiones largas, a pesar de contar con un engranzado con cordón cuneta. En tal sentido, se concluye que en esta cuadra también se recomienda ejecutar un doble colector secundario de 160 mm, con sus respectivos servicios domiciliarios cortos.

Por último se necesario considerar el alto impacto ambiental y social que implica la realización de una obra como la descripta en un área urbana, para lo cual resulta imprescindible elegir el método de ejecución más veloz y eficiente, que no requiera la necesidad de volver a realizar tareas en los espacios donde la traza ha sido implantada, y que también permita al frentista poder contar con el servicio de manera inmediata.

Conclusiones:

Teniendo en cuenta todas las características descriptas en el apartado anterior, en mi carácter de responsable del servicio de agua y cloacas del Partido de Mar Chiquita, considero necesaria la ejecución de todos los servicios domiciliarios a efectuarse de manera simultánea con el tendido del colector secundario de 160 mm. De esa manera podremos brindarle el servicio a aproximadamente 400 usuarios de forma inmediata.

Nuestra cooperativa ha decidido realizar un esfuerzo económico muy importante para afrontar el costo que insuma la ejecución de todas las conexiones domiciliarias (cortas y largas) sin necesidad de solicitar financiamientos externos. En contrapartida, resulta imposible en el corto plazo hacernos cargo de la obra adicional concerniente a la ejecución de las colectoras secundarias sobre ambas manos de las calles descriptas.

Por lo expuesto, le solicitamos tenga a bien analizar la ejecución de un adicional por el 20% de la obra contratada, de acuerdo al análisis de precios adjunto, entendiendo que resulta imprescindible la realización de los ampliatorios de obra especificados previamente para brindarles a los vecinos un servicio de calidad.

Sres. Municipalidad de Mar Chiquita, Atte. Arq. Walter Wischnivetzky, Secretario de Obras Públicas. Su despacho:

Por medio de la presente, me dirijo a Ud. A los fines de solicitar tenga a bien abone los gastos originados consecuencia de la ampliación de obra realizada por la Coop. Santa Clara del Mar y la Costa Ltda. Motiva la presente, lo expuesto en nota de fecha septiembre de 2020 con referencia a la obra: Ampliación de red cloacal en Santa Clara del Mar – Sector 2, específicamente respecto a las calles: Valencia, Bristol y Pinamar.-

Las calles mencionadas se encuentran pavimentadas a diferencia de las demás que tienen granza y cordón cuneta.

De esta manera, en la mayor parte de la obra se pudieron materializar los cruces con tubería de 110 mm desde la colectora hacia la semicuadra de enfrente, realizando la apertura de la calle con los respectivos túneles por debajo del cordón cuneta. Distinto es el caso de las 3 calles asfaltadas, en las que para evitar la rotura del pavimento, el cual se encontraba en perfectas condiciones, se construyó un segundo colector sobre la vereda de enfrente.-

Lo antes expuesto fue algo necesario para finalizar las tareas contratadas ya que habiéndose analizado la posibilidad de realizar cruces en túnel en ese tipo de suelo (Suelo SM – Castaño Arena Limos según el Sistema Unificado de Casagrande), debía utilizarse una tunelera de porte con un pozo de ataque de dimensiones importantes y teniendo en cuenta.

Ordenanza:

Visto:

El Expediente N° 221/21; y

Considerando

Que mediante Ordenanza N° 22/2020 el Honorable Concejo Deliberante ha autorizado al Departamento Ejecutivo a adjudicar la obra “ampliación de red cloacal en Santa Clara del Mar Sector II” a la Cooperativa Santa Clara del Mar y Costa LTDA (SCyCO);

Que por Decreto N° 778/20 se adjudica de forma directa a dicha cooperativa esta obra por un presupuesto de $14.163.765,94;

Que el Secretario de Obras Públicas eleva en Expediente citado un informe de la Cooperativa Santa Clara del Mar y la Costa Ltda. Donde comunica que debió realizar una ampliación de obra en calles Valencia, Bristol y Miramar por la obra mencionada;

Que la mayor parte de la ampliación de la red cloacal del Sector II se materializó con los cruces con tubería de 110 mm, desde la colectora hacia la semicuadra de enfrente, de acuerdo al proyecto original;

Que el Secretario de Obras informa que ha realizado el análisis de los costos elevados por la Cooperativa y que los mismos se condicen con lo proyectado y con el presupuesto total de la obra:

Por ello

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA,

Articulo 1°: Reconocese, el gasto y el legítimo abono de la suma de Pesos TRES MILLONES NOVECIENTOS VEINTINUEVE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y UNO CON 14/100 ($3.929.891,14) a la Cooperativa Santa Clara del Mar y La Costa Limitada (SCyCO) originado en consecuencia de la ampliación de obra mencionada en los considerandos de la presente.

Artículo 2°: Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, regístrese y archívese.

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